Finalmente el Ministerio de Economía y Competitividad ha regulado un “semáforo del riesgo” descafeinado que no afectará a gran parte de los productos financieros que se comercializan en nuestro país. Así quedan fuera de la obligación de contar con colores que avisen del riesgo productos como fondos de inversión, planes de pensiones de empresa, derivados, warrants, CFD, Sicav, ETF, la mayor parte de los seguros de vida y la Deuda Pública nacional, local, autonómica y de la UE. La razón de la no inclusión de estos productos estriba en que cuentan con una normativa europea específica para su comercialización.
Por tanto, reduce su ámbito de actuación a la renta fija, renta variable y depósitos a la vista y a plazo, PPA y fondos de pensiones individuales, que deberán contar con colores de advertencia en 6 gramos, así como advertencias sobre su posible liquidez (con el símbolo de un candado) o complejidad (con el símbolo de exclamación).