Los Unit Linked se libran de la MiFID, pero deberán contar con sus normas de comercialización

2 miércoles, 2 de abril de 2014

El Parlamento Europeo ha aprobado recientemente la Directiva IMD II, relativa a la distribución e intermediación de seguros en la UE. Una enmienda introducida en el Parlamento reconoce que la vía legislativa adecuada para los seguros de vida inversión, en los que el cliente asume el riesgo de la inversión, en su mayoría los Unit Linked, es la citada IMD II, aunque la regulación de estos productos deberá estar alineada con los requisitos de comercialización y distribución que se exigen en la MiFID II.
Las principales obligaciones serán la transparencia en el cobro, con la obligación de presentar al cliente las remuneraciones de la comercialización, y que los asesores independientes no puedan cobrar retrocesiones de las entidades y sólo puedan cobrar honorarios de los clientes.
Según el texto aprobado, “la alineación con la MiFID de los Unit Linked hará preciso elevar las normas mínimas tanto con respecto a las reglas de distribución como a la creación de un entorno equitativo aplicable a todos los productos de inversión de seguro preempaquetados. Las medidas de protección del cliente deben ser más elevadas para la categoría de cliente no profesional que para la de profesional”.

 

miércoles, 2 de abril de 2014

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